- 29 de agosto de 2025
- Posted by: TAXAD
- Categoría: CONTABLE FINANCIERO
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000022, firmada el 22 de agosto de 2025 por el Director General, Econ. Damián Larco Guamán, con importantes reformas que impactan al sector minero.
Principales cambios introducidos
- Retención en la fuente en minería
Se reforman los porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la Renta aplicables en la comercialización de concentrados y/o elementos metálicos:
| Concepto | Antes | Ahora |
| Literal a.1) | 1% | 2% |
| Literal a.2) | 3% | 4% |
| Literal a.3) | 7% | 8% |
| Literal b.1) | 2% | 3% |
- Nuevos requisitos para el Registro Único de Contribuyentes (RUC)
Tanto personas naturales como sociedades que realicen actividades económicas mineras deberán presentar documentación adicional al inscribirse o actualizar el RUC, entre ellos:
- Solicitud presentada ante la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) o entidad que la sustituya.
- Certificado de vigencia de concesión minera o licencia de comercialización.
- Resoluciones que otorguen o renueven derechos mineros.
- Contratos notarizados (operación, cesión, transferencia, participación o mandato), debidamente inscritos en el Registro Minero.
- Suspensión de oficio del RUC
El SRI podrá suspender de oficio el RUC de los contribuyentes en los siguientes casos:
- Cuando la información del RUC no pueda ser verificada.
- Cuando al momento de la inscripción o reinicio de actividades se solicite registrar actividades económicas mineras y no se pueda validar de inmediato.
La suspensión será notificada mediante el buzón electrónico o la Gaceta Tributaria Digital.
Vigencia
La Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial y se aplicará desde el primer día del mes siguiente.
Importancia
Con esta reforma, el SRI busca fortalecer el control tributario en el sector minero, asegurando que las operaciones de explotación y comercialización de minerales cuenten con:
- Retenciones más ajustadas a la realidad del sector.
- Información validada y transparente en el RUC.
- Mecanismos de suspensión en caso de inconsistencias.