SRI ESTABLECE NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES Y NEGOCIOS POPULARES (RIMPE).

¿Sabías Qué?

De Conformidad Con La Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000027, Emitida por el SERVICIO DE RENTAS INTERNAS de Fecha 31 De julio De 2024, resuelve: ESTABLECER LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES Y NEGOCIOS POPULARES (RIMPE).

¿A Qué Se Debe?

La finalidad es renovar la Resolución NAC-DGERCGC22-0000004 a fin de armonizar y establecer las condiciones para la aplicación del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno, su Reglamento para la aplicación y demás normativa tributaria vigente.

Puntos Importantes a Destacar:

  • ACTIVIDADES EXCLUYENTES:
    • Indica que actividades no pueden acogerse al RIMPE.
  • SUJECIÓN AL RIMPE:
    • Permite el cambio de categoría entre Emprendedor y Negocio popular en cualquier momento.
    • Plazos máximos de permanencia en el Régimen
    • Condiciones para salir de RIMPE y pasar a Régimen General.
  • DEBERES FORMALES:
    • Simplifica los deberes formales para Emprendedores y Negocios Popular.
    • Obliga a llevar contabilidad A TODA sociedad RIMPE.
    • Obligatoriedad para emitir comprobantes electrónicos para EMPRENDEDORES.
  • DECLARACIONES DE IVA Y RENTA:
    • Plazos específicos para la presentación de Declaraciones de IVA y Renta.
    • Permite la aplicación de Rebajas en Gastos personales para Actividad fuera del RIMPE.

Más Información:

NAC-DGERCGC24-00000027