LEY DE ECONOMÍA FAMILIAR

¿Sabías Qué?

Según la Orden Ejecutiva No. 876, publicada en el Cuarto Suplemento del Registro Federal mediante N° 401 del 21 de septiembre de 2023, el presidente de la República Guillermo Lasso emitió el Decreto que reglamenta la Ley Fundamental para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.

¿En qué consiste?

El Reglamento define, entre otros puntos, la aplicación de la deducción de gastos personales para el cálculo del Impuesto a la Renta de personas naturales, el registro de contribuyentes del régimen RIMPE y la fecha para la presentación y pago de la declaración de impuestos de los contribuyentes especiales.

En cuanto a la reducción de gastos personales, la norma establece que también se pueden incluir entre gastos personales los gastos de salud, alimentación, adiestramiento y vestimenta de las mascotas a cargo del contribuyente.

Para reducir el impuesto sobre la renta causado, se deben presentar los comprobantes de venta en los cuales se hayan incurrido los gastos deducibles. Las facturas para respaldar el gasto pueden llevar el nombre del contribuyente o de sus familiares dependientes debidamente registrados.

De los Contribuyentes Especiales: Existe un aspecto crucial del Reglamento es que los contribuyentes especiales deberán presentar y abonar sus declaraciones de Impuesto a la Renta, IVA, retenciones en la fuente y ICE antes del día once (11) del mes correspondiente, sin importar el noveno dígito de su Registro Único de Contribuyentes” Aquellos poseen el plazo para presentar sus declaraciones de impuestos hasta el próximo mes. Deberán presentar su declaración a tiempo para evitar sanciones y recargos. Según la norma anterior, el plazo se extendía hasta el noveno día, sin tener en cuenta los días festivos o fines de semana.

De los Contribuyentes RIMPE: Se viabiliza la simplificación del régimen en los términos previstos en la LEFAM. Entre los puntos más destacados se encuentran:

a) Eliminación del catastro referencial. Para aplicación de las normas simplificadas del RIMPE se considerará el régimen que conste en el certificado de RUC del contribuyente.

b) Aclaración de que las sociedades que pertenezcan a este régimen y con ingresos de hasta USD 20.000 pagarán la fracción básica de USD 60 que consta en la tabla progresiva para Emprendedores de acuerdo con la ley.

 ¿Por qué?

Debido a la aplicación de la Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar permite reducciones de impuestos para las familias en el Ecuador.

Más información:

BOLETÍN 056 – GOBIERNO EMITE REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE ECONOMÍA FAMILIAR